Aplicación del artículo 70 de la ley 137-11 sobre la inadmisibilidad de la acción de amparo por ante el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Santiago, Salas II y III
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Date
2018-05Author
Fernández, Luis Alberto
García Hernández, Luis Alberto
Ureña Rodríguez, Yuderka Altagracia
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El objetivo general de investigación es analizar la aplicación del artículo 70 de la ley 137-11 (modificada por la Ley 145-11) sobre la Inadmisibilidad de la Acción de por ante las Salas II y III del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Santiago, en el periodo de enero 2015 a enero 2018.A modo de conclusión se puede decir que la acción constitucional de Amparo, es el medio por el cual un individuo puede reclamar los derechos que les han sido vulnerados, por medio del proceso constitucional establecido en el ordenamiento jurídico, este tiene por objeto específico hacer real, eficaz y práctica, las garantías individuales establecidas en la Constitución, buscando proteger al individuo de los actos de todas las autoridades sin distinción de rango, inclusive las más elevadas, cuando violen dichas garantías. Si bien es cierto que los jueces entrevistados entienden que los casos de Acción de Amparo son particulares y que para declararlas inadmisibles hay que analizar cada caso no menos cierto es que la investigación ha arrojado que los jueces aplican de manera taxativa lo establecido en el artículo 70 de la ley 137-11, sin dejar lugar a la interpretación y al principio de razonabilidad, pues por dichas causas establecidas en el artículo mencionado precedentemente el tribunal decidió declarar inadmisible las Acciones de Amparo interpuestas por las salas ll y lll de dicho Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Santiago.